«La Vida de los Muertos , Perdura en la Memoria de los Vivos » HRAEO

un espacio para honrar y recordar a los fallecidos., Médicos, Camilleros, Enfermeras  y Pacientes .

El #DíaDeMuertos es una celebración de recuerdos y memorias, como parte de los festejos en el HRAEO, se inauguró la Ofrendun espacio para honrar y recordar a los fallecidos., Médicos, Camilleros, Enfermeras  y Pacientes .a Memorial en el área de consulta externa,

Elementos como el agua, la sal, los pétalos de flor de Cempazúchitl (flor de los muertos), el incienso (copal), el papel picado de colores, la luz de velas y por supuesto el pan, toman un significado más profundo y místico, ingredientes en nuestro ofrecimiento que nos ayudan a invitar, proteger y encaminar a las almas de los seres queridos hasta el hogar donde descansa cada ofrenda y después, en su camino de regreso.

La comida favorita, es servida en el altar, se llena de frutas, postres, platillos, pan dulce, calaveritas de azúcar, agua, café, ponche, té, brandy, cerveza, tequila y mezcal, todo a manera de ofrenda, haciendo una recepción para nuestros amados seres, que descansan en paz y que ese día regresan a compartir unas horas al mundo terrenal, donde su familia les recuerda con amor.

Se unen familiares y amigos en momentos de oración, crónicas, sonrisas, lágrimas y recuerdos, así las horas transcurren, incluso se visita o se realiza todo esto en el lugar donde reposa cada difunto. Durante esas noches y días se ‘convive’ con el alma de los seres amados, muchas veces incluyendo también la música, que entre flores y aromas arrancan, desde dentro, alguna lágrima.

Sin duda cabe aquí la reflexión, la alegría, la añoranza y el amoroso homenaje, hacia cada ser que compartió con nosotros. El alma y el corazón siempre buscan y regresan, hacia donde el amor sigue vigente, a pesar de los tiempos… y a pesar de la Muerte.

 

La santidad de la muerte  de  Amado Nervo

La santidad de la muerte
llenó de paz tu semblante,
y yo no puedo ya verte
de mi memoria delante,
sino en el sosiego inerte
y glacial de aquel instante.

En el ataúd exiguo,
de ceras a la luz fatua,
tenía tu rostro ambiguo
quietud augusta de estatua
en un sarcófago antiguo.

Quietud con yo no sé qué
de dulce y meditativo;
majestad de lo que fue;
reposo definitivo
de quién ya sabe el porqué.

Placidez, honda, sumisa
a la ley; y en la gentil
boca breve, una sonrisa
enigmática, sutil,
iluminando indecisa
la tez color de marfil.

A pesar de tanta pena
como desde entonces siento,
aquella visión me llena
de blando recogimiento
y unción…, como cuando suena
la esquila de algún convento
en una tarde serena…

Pacientes con obesidad, diabetes e hipertensión no controlados, con mayor porcentaje de morir por COVID-19: SSO

El médico especialista en medicina interna, adscrito al Hospital Regional de Alta Especialidad de Oaxaca (HRAEO), Gerardo Pérez Bustamante informó que los pacientes con enfermedades como: obesidad, hipertensión o diabetes no controladas, tienen un mayor porcentaje de fallecer por COVID-19.

En entrevista, señaló que los antecedentes familiares como contar con padres con diabetes mellitus tienen hasta un 50% de desarrollar esta enfermedad, sumado a los factores ambientales, la mala alimentación como el consumo de azucares, harinas y la falta de ejercicio.

Destacó que la forma más grave de la enfermedad por el Síndrome de Insuficiencia Respiratoria Aguda, SARS-COv-2 y que evoluciona a neumonía grave son en pacientes con estas patologías, quienes requieren de oxígeno, por lo tanto necesitan los cuidados en un hospital y ameritan ventilación mecánica con un ventilador o respirador.

Pérez Bustamante exhortó a la población mayor de 40 años que no tenga ninguna patología o con antecedentes familiares con enfermedades crónicas, acudir con su médico para realizarse un chequeo que le permita conocer su estado de salud, como los niveles de glucosa, hemoglobina galicada, de colesterol, de triglicéridos, así como pesarse y medir la circunferencia de la cintura, esto para descartar algún grado de obesidad.

Mencionó que en el caso de los hombres “nos sentimos con la responsabilidad del trabajo, de ser el proveedor del hogar, y que no podemos enfermarnos y nos aguantamos más, porque consideramos que al acudir al médico es una conducta de debilidad, pero tenemos que atendernos para evitar complicaciones y adelantarnos a que la enfermedad nos tome por sorpresa”.

Dijo que de acuerdo a las estadísticas de 100 pacientes que son atendidos por COVID-19, 80 van a desarrollar una enfermedad leve o una forma con síntomas mínimos, el 20% va a tener síntomas graves, y de estos la mayoría tienen una patología como obesidad, hipertensión o diabetes, y van a requerir ventilación mecánica o asistencia de un hospital y lamentablemente llegan a fallecer.

Destacó que esta pandemia “nos debe dejar una enseñanza, a valorar más nuestra salud ya que hasta el momento no hay un tratamiento efectivo, ni medicamento que sirva o tenga un efecto antiviral contra SARS-COv-2, los tratamientos usados actualmente son para tratar de disminuir la inflamación, la fiebre y el dolor, así como la formación de coágulos; pero hasta que no tengamos una vacuna efectiva o universal, ni un tratamiento antiviral útil, no vamos a poder tener un control de la enfermedad”.

Ante ello, dijo que se debe continuar con las medidas de prevención como quedarse en casa, mantener la sana distancia, usar el cubrebocas correctamente, realizar el lavado de manos frecuente, así como evitar el consumo de alcohol y tabaco, realizar actividad física durante 40 minutos al día, consumir agua pura, así como visitar al médico regularmente para detectar algún padecimiento.

Finalmente dijo que la hipertensión es llamada el asesino silencioso ya que no presenta síntomas y la diabetes se presenta con 4 o 5 años de evolución cuando el paciente acude para su diagnóstico. Los síntomas clásicos son: cuando el paciente se da cuenta de que ha bajado de peso (Pérdida de Peso), come mucho (polifagia), tiene mucha sed (Polidipsia) y orina frecuentemente (Ploiuria).

Por lo que es fundamental acudir con el médico o especialista ante el menor síntoma, para que inicien su tratamiento que les permitirá mantener su sistema inmunológico y aumentar las defensas del organismo para hacer frente al COVID-19.

 

HOSPITAL REGIONAL DE ALTA ESPECIALIDAD DE OAXACA

“Acuerdo de la Secretaría de Salud por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud

DR. EDUARDO ABELARDO REVILLA RODRIGUEZ

ENCARGADO DE LA DIRECCIÓN GENERAL

HOSPITAL REGIONAL DE ALTA ESPECIALIDAD DE OAXACA

PRESENTE.

 

AT´N: C.P. ISRAEL RAMÍREZ GARCÍA

DIRECTOR DE ADMINISTRACION Y FINANZAS

Los que suscriben personal NO SUSTANTIVO del Hospital Regional de Alta Especialidad de Oaxaca SOLICITAMOS LA APLICACIÓN INMEDIATA E INCLUYENTE en el Hospital Regional de Alta Especialidad de Oaxaca del “Acuerdo de la Secretaría de Salud por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el martes 24 de marzo de 2020 en su edición vespertina, donde señala la aplicación de las medidas preventivas contra el COVID-19 con énfasis en grupos vulnerables señalado y personal no esencial en el inciso a y c del Artículo Segundo de dicho acuerdo. (Se entiende por no esencial al Grupo Afín Administrativo, Auxiliares y Técnicos en Estadística, y demás personal que se adhiere a esta solicitud, como lo define las Condiciones General de Trabajo Vigentes), y que a la letra dice:

“ARTÍCULO SEGUNDO.- Las medidas preventivas que los sectores público, privado y social deberán poner en práctica son las siguientes:

a) Evitar la asistencia a centros de trabajo, espacios públicos y otros lugares concurridos, a los adultos mayores de 65 años o más y grupos de personas con riesgo a desarrollar enfermedad grave y/o morir a causa de ella, quienes en todo momento, en su caso, y a manera de permiso con goce de sueldo, gozarán de su salario y demás prestaciones establecidas en la normatividad vigente indicada en el inciso c) del presente artículo. Estos grupos incluyen mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, menores de 5 años, personas con discapacidad, personas con enfermedades crónicas no transmisibles (personas con hipertensión arterial, pulmonar, insuficiencia renal, lupus, cáncer, diabetes mellitus, obesidad, insuficiencia hepática o metabólica, enfermedad cardiaca), o con algún padecimiento o tratamiento farmacológico que les genere supresión del sistema inmunológico;

c) Suspender temporalmente las actividades de los sectores público, social y privado que involucren la concentración física, tránsito o desplazamiento de personas a partir de la entrada en vigor de este Acuerdo y hasta el 19 de abril del 2020”

De igual forma, se solicita el CUMPLIMIENTO INMEDIATO a la publicación del Acuerdo antes mencionado en los párrafos 1, 2 y 5 del inciso c, del Artículo Segundo, garantizando los Derechos Humanos del personal antes mencionado:

Artículo 2, inciso c) Párrafo 1:

“Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y las organizaciones de los sectores social y privado, deberán instrumentar planes que garanticen la continuidad de operaciones para el cumplimiento de sus funciones esenciales relacionadas con la mitigación y control de los riesgos para salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) y garantizar los derechos humanos de las personas trabajadoras, en particular los señalados en el inciso a) del presente artículo, y de los usuarios de sus servicios.”

Artículo 2, inciso c) Párrafo 2:

“En el sector público, los Titulares de la Áreas de Administración y Finanzas u homólogos o bien las autoridades competentes en la institución de que se trate, determinarán las funciones esenciales a cargo de cada institución, cuya continuidad deberá garantizarse conforme al párrafo anterior.”

Artículo 2, inciso c) Párrafo 5:

“Todo lo anterior, con estricto respeto a los derechos laborales de las y los trabajadores, en los sectores público, social y privado;”

Enfatizamos y apelamos al inciso f) del artículo segundo del acuerdo en mención que a la letra dice:

“f) Las demás que en su momento se determinen necesarias por la Secretaría de Salud, mismas que se harán del conocimiento de la población en general, a través del titular de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud.”; este personal que susceribe exige la APLICACIÓN INMEDIATA de las medidas emanadas de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, Titular Dr. Hugo López-Gatell Ramírez, quien en conferencia diaria del día 25 de marzo del 2020, comunica (min. 24:24):  “… Quiero decir hoy, esta medida desde el Gobierno, es relativamente más fácil de poner en práctica, porque el propio Gobierno decide suspender temporalmente sus actividades, a partir de mañana TODO el Gobierno federal suspende sus actividades , lo escucho usted bien, a partir de mañana todo el Gobierno Federal suspende sus actividades pero hay actividades Esenciales que NO se pueden suspender pues necesitamos Hospitales, porque necesitamos combustibles, porque necesitamos producir energía, porque necesitamos energía eléctrica, porque necesitamos el servicio de limpia, entonces si necesitamos la seguir pública, entonces SI hay personas que trabajan en el Gobierno que no pueden suspender porque si suspenden se afecta gravemente la funcionalidad del Gobierno, pero empezamos de nuevo del todo y luego le hacemos las excepciones. Todo el Gobierno Federal suspende labores y cada Titular de Dependencia determinará quienes no pueden suspender porque pondrían en riesgo el funcionamiento de la institución. Pero no es por sector es por la función que cumple; les pongo el ejemplo con la Secretaría de Salud. La Secretaría de Salud coordina atención Médica o provee Atención Médica donde en el caso de la Secretaría Federal en los Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad; pero también tiene una enorme proporción de actividades que No son esenciales, aunque sean importantes, aunque sean importantes, pero se pueden reprogramar, en las oficinas por ejemplo las oficinas de tramites, entonces TODO EL QUE ESTE EN LA SECRETARIA DE SALUD EN UNA OFICINA DE TRAMITE QUE SE QUEDE EN CASA. Y TAMBIÉN CONSIDERANDO LAS ACTIVIDADES ESENCIALES ESTAS SE PUEDEN REORGANIZAR PARA QUE NO TENGA QUE ESTAR EL PERSONAL AL MISMO TIEMPO Y SE PUEDEN ORGANIZAR GUARDIAS Y ALTERNAR LOS HORARIOS, esa es la mecánica que funciona. Min 27:03…)”. Quedando clara la interpretación del Acuerdo y Decreto Presidencial de fecha 24 de marzo del 2020.

Por último, mencionamos que con base en el Decreto Presidencial “DECRETO por el que se sanciona el Acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)”, publicado en DOF el 24 de marzo de 2020, edición vespertina, en el apartado de “Considerando, párrafo 6” que a la letra dice (AMLO):

“Que la autoridad sanitaria, en la determinación de las medidas aludidas en el considerando anterior, será ejecutiva y sus disposiciones serán obedecidas por todas las autoridades administrativas del país, he tenido a bien expedir el siguiente DECRETO”, este personal Administrativo del Hospital Regional de Alta Especialidad de Oaxaca y los que se adhieran a la presente solicitud, solicita el cumplimiento las disposiciones de los tres artículos plasmados en el Decreto Presidencial.

Todo lo anterior, se solicita sustentado y fundamentado, para que de acuerdo a las facultades otorgadas en el Acuerdo y Decreto Presidencial se emita el documento OFICIAL correspondiente (No sindical) y así mismo lo responsabilizamos de las repercusiones en salud por no atender dichos Acuerdos y de ser omiso en instrumentar un plan de emergencias en los centros de trabajo por la epidemia de COVID 19, no atendiendo las disposiciones contenidas en la Ley General de Salud,  Ley Federal del Trabajo, y en el Reglamento Federal de Seguridad e Higiene y Ambiente de Trabajo, así como de ser omiso a ese decreto de fecha 24 de marzo en los numerales ya descritos anteriormente.

Sin otro en particular.

Personal Administrativo en el HRAEO.

Firmas anexas.

C.c.p.     Para las instituciones que se requieran en su momento.